SANTO DOMINGO. Uno de los puntos de la nueva Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos que han generado más controversia es el relativo a la concentración de poder en las cúpulas y los organismos de las organizaciones políticas.
Los críticos de la Ley de Partidos señalan que dejar en manos de los organismos el tipo de elección de los candidatos otorga nuevamente el poder a las cúpulas del momento para influir en quiénes serán y hasta en su reelección como directivos.
En caso del Comité Central del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) cuenta con 635 miembros, pero éstos pueden ser dirigidos tanto por el grupo dominante como por el Comité Político, situación que se repite en los demás partidos políticos reconocidos.
De esos, 131 son legisladores del PLD, 106 diputados y 25 senadores.
La Comisión Política del Partido Revolucionario Moderno (PRM) cuenta con 150 miembros, a los que se agregaron recientemente 20 más que aún no han sido designados.
La Comisión Política del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) tiene 400 miembros.
Del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) no hay una cifra clara porque cada grupo tiene cifras diferentes de los organismos y asamblea de delegados.
La asamblea que reeligió el 20 de mayo a Federico Antún como presidente contó con 1,281 delegados.
En la asamblea en la que fue electo José Hazim como presidente el pasado 8 de julio se ofreció una lista de 1,966 delegados de los que votaron 1,106.
Como parte del poder a las cúpulas consagrado en la Ley de Partidos también está el artículo 37 en el que se indica que corresponderá a los organismos internos de los partidos, movimientos y agrupaciones políticas la reglamentación del funcionamiento de sus sistemas de educación política y electoral.