SANTO DOMINGO.- La Dirección General de Aduanas (DGA) informó entraron en vigencia las Gracias Navideñas, establecidas en la Ley No. 9-96, mediante la cual todos los dominicanos residentes en el exterior, podrán traer artículos y regalos valoradores hasta el monto de $US3,000.00, (Tres Mil dólares estadounidenses) sin el pago de impuestos.
Aduanas precisó que los beneficiaros de las Facilidades Navideñas, deben cumplir con el requisito establecido en la Ley que señala que la persona no haya venido al país en los últimos seis meses.
La mencionada gracia se aplicará en todos los aeropuertos, puertos y pasos fronterizos, desde este 23 de noviembre hasta el 7 de enero del 2014, con motivo de la celebración de las festividades de la Navidad y el Año Nuevo, para beneficiar así a todas las familias que tienen parientes que residen en otros países y que desean agasajar a sus familiares en el país.
El director general de la DGA, ingeniero Fernando Fernández, al ponderar los beneficios y alcances de la medida, precisó que con esta Gracia Navideña los dominicanos que residen fuera de la República Dominicana podrán traer artículos y regalos a familiares y amigos durante el período navideño.
“Con esta tradicional Gracia Navideña puesta en práctica este sábado por la Dirección General de Aduanas, el Gobierno y esta institución buscan seguir reconociendo el valor y los aportes de miles de dominicanos, laboriosos, que residen fuera del país”, dijo.
Dijo que la DGA dará todas las facilidades a todos los viajeros dominicanos que vendrán al país durante el feriado de la Navidad procedentes de Estados Unidos, Europa, Venezuela, Puerto Rico y cualquier otras latitudes.
La Gracia Navideña fue instituida mediante la Ley No.9-96, del 9 de septiembre del año 1996, como un reconocimiento y forma de valorar los importantes aportes económicos que realiza la comunidad dominicana en el exterior.
Aduanas dispuso, además, que debido a los límites que imponen las líneas aéreas durante esta temporada, con relación a la carga de equipajes, éstos pueden ser transportados a través de las empresas de correos (Courrier) o de consolidación de carga, siempre que se haga dentro del período de aplicación de la medida y que sean retirados por los propietarios.