Santo Domingo, República Dominicana, lunes 20 de enero 2020. El Gobierno Dominicano implementará el cobro por anticipado en los puertos del 17% a los vehículos importados por concepto de la primera placa: una decisión que cambia las reglas a los importadores de vehículos y el derecho legítimo de todo un sector de la economía, pues desde la creación del impuesto, el pago ha sido establecido cuando se realiza la venta y transferencia de titularidad al consumidor final, no como si se tratase de un anticipo de impuesto; es decir, ahora el importador deberá pagar antes de la salida del vehículo del puerto sin aún haberlo vendido, lo cual perjudicará a las empresas y al pueblo dominicano.
La primera alerta la produjo el Proyecto de Ley de Presupuesto del Estado para el año 2020 que remitieron al Congreso Nacional el Ministerio de Hacienda y la Dirección General de Presupuesto, donde se estableció que la DGII continuará cobrando el 17% del impuesto a la primera placa y “tomará las medidas necesarias para asegurar que la entrega de la placa se realice antes de la salida de los vehículos de los puertos…”. Desde ese momento, los importadores de vehículos han estado sumamente preocupados por la intención manifiesta del Gobierno Dominicano, de cambiar el procedimiento y las formas de operar en el cobro del impuesto a la primera placa que data desde más de 15 años.
Las asociaciones que agrupan la totalidad de las empresas que se dedican a la importación y venta de vehículos nuevos y usados, ACOFAVE, ANADIVE, ASOCIVU y ADECI, remitieron comunicaciones a los presidentes de las Cámaras del Senado y de Diputados, manifestando sus preocupaciones y alertando sobre el impacto negativo para el sector y las propias recaudaciones fiscales. En efecto, los presidentes de ACOFAVE, ANADIVE, ASOCIVU y ADECI fueron recibidos por la Comisión Bicameral de Presupuesto del Congreso Nacional; no obstante, la acogida de estos requerimientos depositados mediante comunicación formal, no quedaron como constancia ni fueron reseñados, lo que constituyó una seria advertencia a todos los importadores de vehículos, cuyos reclamos no han sido debidamente ponderados.
El sector importador de vehículos, que está conformado por más 2000 empresas, y que genera empleos directos e indirectos a más de 250 mil ciudadanos, realizó consultas con especialistas, quienes determinaron que las medidas impactarán negativamente a todos los importadores de vehículos en el país por las siguientes razones: 1) Un menor volumen de importaciones significa una reducción de las ventas, lo que disminuirá drásticamente los ingresos fiscales al gobierno dominicano; 2) El precio de venta al consumidor final aumentaría pues el impuesto a la primera placa se deberá incorporar al costo liquidado del vehículo importado; 3) Reducción del inventario de las empresas; 4) El aumento del precio disminuye las ventas por hacer el bien menos accesible; 5) Esta medida, obligaría al pago de un impuesto por adelantado por un bien que está en exhibición para la venta; 6) Actualmente la DGA y la DGII, no tiene la capacidad para manejar el volumen de transacciones de los importadores de vehículos en los plazos establecidos por la Ley, lo que generaría un aumento significativo del pago en portuaria por dilación del almacenamiento y despacho en los puertos; 7) Agravaría el incumplimiento por parte de la DGA del acápite B del párrafo II del artículo 14 de la ley 226-06; 8) Su implementación automáticamente reduce el capital de trabajo de las empresas en un 20%, con el agravante de que sufragarían el impuesto completo de un bien aún no vendido.
En el entendido de que la DGA y la DGII tienen la facultad de aplicar el cobro del impuesto a la primera placa vía administrativa en los puertos, existen serias amenazas a múltiples derechos constitucionales de las empresas que se dedican a la importación y venta de vehículos en nuestro país, por lo cual, el sector ha decidido interponer una acción de amparo preventivo de extrema urgencia, con fines de tutelar sus derechos, anticipando el inicio del cobro masivo del impuesto a la primera placa en todos los puertos y muelles, solicitando al Tribunal Superior Administrativo que ordene a la DGA y la DGII la suspensión inmediata de cualquier acción, acto, inicio ejecución, procedimiento administrativo o actuación administrativa tendente al cobro del 17% del valor CIV por impuesto a la primera placa a ejecutarse en los puertos y muelles a todos los vehículos importados, por ser una seria violación a los artículos 6, 7, 8, 39 numerales 1) y 3), 50, 68, 69, 110, 138, 217, 221 y 243 de la Constitución Dominicana, que versan sobre la Supremacía de la Constitución, del Estado Social y Democrático de Derecho, de la Función esencial del Estado, Derecho a la Igualdad, del Derecho a la Libertad de Empresa, de la Garantía de los Derechos Fundamentales, de la Tutela Judicial Efectiva y el Debido Proceso, sobre la Seguridad Jurídica, de los Principios de la Administración Pública, de la Orientación y Fundamento del Régimen Económico, la Igualdad de Tratamiento de las Empresas y sobre los Principios del Régimen Tributario, así como de la amenaza a las violaciones de los principios de juridicidad, confianza legítima, seguridad jurídica y del deber y derecho de buena administración, -que al mismo efecto es considerado por nuestro Tribunal Constitucional como derecho fundamental a la buena administración-..