Por: Darnetty Lugo, M.A.
<[email protected]> Magíster Derecho Laboral y Admirativo Docente en Derecho del trabajo.
Ceo, Ius Mega Service abogados
El Ministerio de Trabajo anunció la creación de una comisión consultiva para la modificación del Código de Trabajo. A diferencia de lo que ha pasado en la historia reciente, en esta ocasión, la entidad aperturó una modalidad en donde los ciudadanos tendrán la oportunidad de enviar sus consideraciones por medio del portal [email protected] con miras a una reforma laboral.
Este anuncio hace que muchos empleadores y trabajadores se pregunten si ciertamente podrá ser transformado a la realidad laboral; en efecto, si no habrá un impacto sobre los derechos laborales, como jornada de trabajo, prima, cesantía, así como la afectación sobre garantías y condiciones laborales, entre otros aspectos esenciales.
¿LA REFORMA ES UNA REALIDAD?
Las normas laborales han sido objeto de debate históricamente, teniendo un contexto político y económico dentro del marco proteccionista, en donde pueden verse erosionado garantías consentidas al trabajador. A través de los años muchas han sido las controversias relacionadas con este tema. Controversias en las que el Estado ha servido y deberá servir como, sin dejar de analizar y ponderar la reintroducción del neoliberalismo laboral que introduce cambios ante la norma, ajustada a una realidad actual diferente.
Existen muchos retos en materia de trabajo, en donde la clase sindical se ha resistido a los cambios, a consecuencia de entender que una reforma laboral iría en contra de los intereses de los trabajadores; sin embargo, hay condiciones o normas que se han realizado de facto, por medio de una nueva cultura laboral, surgida en virtud de las realidades socio económicas que vive el mundo, especialmente después del COVID19.
Estas realidades socio económicas han hecho que las normativas laborales en los los países de America Latina, hayan cambiado en los últimos anos. En un estudio realizado por el BID sobre los últimos 10 años, en la que se compara de forma objetiva las condiciones laborales y la realidad de cómo estos datos han evolucionado en el tiempo, teniendo Uruguay, Chile y Panamá los mejores puntajes. En este estudio la Republica Dominicana alcanzó un porcentaje de un 56.42%, tomando como indicadores la ocupación y participación laboral, sin embargo además de la creación de puesto de trabajo deben garantizar el acceso a la seguridad social.
VIGENCIA DEL CODIGO DE TRABAJO
El Código de Trabajo tiene casi 30 años de vigencia, por lo que es imperante que sea revisado, con miras significativas de que sea armonizado al contexto de hoy en día, que involucra la tecnología, nuevas formas de trabajo, la flexibilidad laboral, los medios de producción y remuneraciones, así como también tomar en cuenta la salud mental dentro del bienestar laboral.
Es importante resaltar que, durante varios años se han creado comisiones de trabajo presididas por abogados, técnicos y economistas para analizar la modificación del Código de Trabajo y emitir sus recomendaciones al respecto. En dichas comisiones han participado tanto el sector empresarial como el sindical
La última propuesta de revisión fue realizada en fecha 2018, sin embargo, los resultados han sido estériles a causa del tema central, la cesantía laboral.
Con el anuncio de la conformación de un Consejo Consultivo de Trabajo, a fin de modificar el Código de Trabajo, que pueda responder a los nueva esquemas que impone la realidad laboral en el marco nacional, buscando una participación activa y democrática de los sectores, en aras de la modernización de la ley laboral que sea más acorde al contexto productivo, dichas propuestas serán recibidas a partir del 10 de febrero hasta el 10 de marzo, con el propósito de conocer la opinión de los ciudadanos.
Ahora bien, será fructífero este nuevo esfuerzo, teniendo en cuenta que el CT ha sido sometido a varias propuestas y por los intereses contrapuestos entre empleadores y trabajadores, no se ha podido lograr nada?. ¿ Será favorable involucrar a la ciudadanía generara las próximas adecuaciones de la ley que garantice la viabilidad de la empresa ante el nuevo marco laboral, sin desmedro de los derechos?. Esto apenas comienza.
Atentamente,
Darnetty Lugo, M .A
Magíster Derecho Laboral y Admirativo
Docente en Derecho de trabajo.
Ceo Ius Mega Service abogados
Correo: [email protected]
Fuentes:
- Anuncia Comité Consultivo Ministerio de trabajo. wwwMt.Gob.do
- Código Laboral Dominicano, Ley 16 -92
- Sectores en Sección permanente para la modificación para reforma laboral recuperado de: https://www.intec.edu.do/prensa/notas-de-prensa/item/sectores-en-sesion-permanente-para-reforma-del-codigo-labor
- Relaciones laborales Neoliberales : La subordinación Ulta contractual https://revistas.ucm.es/index.php/STRA/article/view/66444
- 10 años de condiciones Laborales en America Latina recuperado de https://blogs.iadb.org/trabajo/es/10-anos-de-condiciones-laborales-en-america-latina/
Sobre la articulista: La doctora Lugo es socia fundadora de la firma de servicios legales y empresariales IUS BUSINESS GROUP. Es abogada senior, consultora de negocios, asesora jurídica, productora de radio y televisión de espacios jurídicos. Magíster en derecho laboral. Litigante.
Cuenta con una trayectoria de más de 15 años de ejercicio profesional. Es asesora mipyme, zonas francas, industrias. Se desempeña como docente en derecho de trabajo, seguridad social y derecho administrativo.
Se graduó en derecho en la universidad APEC, obteniendo maestría en Derecho Laboral y Administrativo en UTESA. También tiene maestría en Marketing Jurídico en la Universidad Atlántica Europea.-.