Presupuesto participativo

Por Félix Santana García

Con motivo de la formulación del Presupuesto General del Estado el Articulo 30 de la Ley Orgánica del Presupuesto Público No. 423-06 establece que la Dirección General de Presupuesto dictará los lineamientos, normas e instructivos para la elaboración de los anteproyectos de presupuestos de los distintos organismos del Gobierno Central a más tardar el 15 de julio de cada año.

Del mismo modo el Articulo 39 de la referida Ley señala que el Poder Ejecutivo presentará al Congreso de la República a más tardar el 15 de julio de cada año un informe de avance de las proyecciones macroeconómicas y fiscales, los resultados económicos y financieros esperados y las principales prioridades que contendrá el Proyecto de Presupuesto General del Estado.

Y este deberá ser presentado y expuesto al Congreso de la República a más tardar el treinta (30) de septiembre. Presupuestos que han sido criticado ya que se sugiere la formulación de presupuestos por resultados y participativos.

El artículo 71 de la referida Ley establece que los presupuestos de los Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional deberán ser aprobados por sus respectivas Salas Capitulares, conforme a las normas establecidas en las leyes de organización municipal.

Dichos presupuestos aprobados deberán ser remitidos a más tardar el 15 de enero de cada año a la Dirección General de Presupuesto, al Ministerio de Economia, Planificación y Desarrollo, la Contraloría General de la República y la Cámara de Cuentas.

Ante tales disposiciones y en virtud de que se estrenan nuevos Alcaldes electos el próximo 16 de agosto del año 2016 en la gestión edil del país es oportuno sugerir a estos incumbentes y regidores a conformar las salas capitulares de cada ayuntamiento que honren la formulación y ejecución de los presupuestos participativos dada su gran importación y efectiva ejecución por los buenos resultados que estos arrojan bajo dicha metodología.

En lugar de imponer presupuestos sobre los directores subordinados, los presupuestos participativos permiten a que aquellos un voto considerable en la forma en que se establecen los presupuestos.

Regularmente los objetivos generales se les comunica a los Alcaldes, quienes ayudaran a desarrollar un presupuesto que logrará estos objetivos.

En los presupuestos participativos, el énfasis es sobre el logro de objetivos amplios y no en rubros individuales del presupuesto.

El ayuntamiento como también lo podría asumir el Gobierno Central, si así lo considera de lugar, el presupuesto participativo proporcionaría el pronóstico de ingresos y requiere de un presupuesto que muestre los costos planeados y los resultados esperados dado el nivel de ingresos preestablecidos.

Los distintos directores generales de los Ayuntamientos son del todo responsables de  la preparación de los presupuestos con base en los que más tarde serán evaluados.

Aunque los presupuestos deben ser aprobados por las salas capitulares y los alcaldes, la desaprobación es poco común, los presupuestos están por lo general en línea con el pronóstico de ingresos y con los resultados de operación del año pasado, ajustados por los cambios esperados en los ingresos y en los costos.

Los presupuestos participativos comunican un sentido de responsabilidad a los directores subordinados y motivan la creatividad ya que los directores subordinados crean el presupuesto.

Es más probable que las metas del presupuesto se conviertan en las metas personales de los directores departamentales, dando como resultado una mayor congruencia con las metas propuestas.

Los defensores de los presupuestos participativos sostienen que el incremento en la responsabilidad y el desafío inherentes en el proceso proporcionan incentivos no monetarios que conducen a un nivel más alto de desempeño.

Se sostiene también que los individuos involucrados en la fijación de sus propios estándares trabajarán con más ánimo para lograrlos. Además de los beneficios en el comportamiento, los presupuestos participativos tienen la ventaja de involucrar a individuos cuyo conocimiento de las condiciones locales puede mejorar la totalidad del proceso de planeación.

Todo presupuesto tiene ventajas y desventajas. Entre los problemas potenciales que deben superar en este tipo de presupuesto son: la fijación de estándares que no sean ni demasiado altos ni demasiado bajos, la inclusión de una holgura dentro del presupuesto y la seudoparticipacion.

Los beneficios que se pueden obtener de una participación pueden exceder por mucho a los costos asociados con la holgura del presupuesto.

Aun así, la alta dirección debería revisar cuidadosamente los presupuestos formulados por los directores subordinados y proporcionarle insumos, siempre que sea necesario, con la finalidad de disminuir los efectos de incorporar una holgura dentro del presupuesto.

Se debe evitar por todos los medios la seudoparticipacion o el control total del proceso presupuestal, buscando tan solo una participación superficial por parte de los directores de niveles más bajos.

Las Alcaldías están obteniendo simplemente una aceptación formal del presupuesto a partir de los directores subordinados y no estarán buscando un insumo real. En consecuencia, no se realiza ninguno de los efectos de comportamiento resultantes de la participación.

Los presupuestos participativos serán mucho más efectivos siempre que estos sean formulados por áreas de responsabilidad o sectorizados por lo que se aconseja a los nuevos alcaldes y regidores asumir esta nueva modalidad presupuestal.

Esto así porque cuando esta es formulada y ejecutada con la seriedad y responsabilidad apropiada los resultados son más positivos que negativos y con ella disminuyen los actos de corrupción y el personalismo que siempre se les imprime a las actuales ejecutorias presupuestales.

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